
(NUEVA YORK - C-FAM) La Corte Suprema de Irlanda pronunció una sentencia que marcó un hito a favor de la familia natural al sostener que la Constitución del país está por encima de la Convención Europea de Derechos Humanos. La sentencia sostiene que la relación entre un niño y su padre biológico, por lo general, beneficia al menor, aún en el caso de que su progenitor sea un donante de esperma y que el niño sea criado por la madre y su pareja lesbiana. Un panel de letrados conformado por cinco jueces invalidó en forma unánime la decisión judicial de un tribunal de primera instancia que había negado a un donante homosexual de esperma la custodia de su hijo y el derecho de visita. El fallo del mencionado tribunal se basaba, en parte, en el Artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que prevé el derecho a la vida familiar, y en él se sostenía que la pareja lesbiana había constituido una «familia de hecho», cuyos derechos estaban contemplados en la Convención. MAS
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